lunes, 19 de febrero de 2018

Ensayo: Feminicidio de Graciela Atencio (ed.)

Una definición simple de Feminicidio sería el asesinato de mujeres por ser mujeres. Sin embargo, creo que la mayoría de la gente no considera necesario que esta nueva calificación de la violencia contra las mujeres deba de existir. Piensan que cualquier homicidio o asesinato o simplemente cualquier muestra de violencia contra otro ser humano ya tiene cabida en los códigos penales sin necesidad de especificar que la víctima es una mujer que ha sido elegida como víctima simplemente por ser mujer.

Graciela Atencio
Se equivocan. Crear una nueva categoría para definir la violencia contra las mujeres cada vez es más necesario. Se trata no sólo de definir sistemática e inclusivamente la violencia contra las mujeres, sino que además esta definición debe ser compartida internacionalmente o incluso, apostando ya decididamente por la utopía, que sea objeto de justicia universal. No es tan inverosímil encontrar similitudes entre el feminicidio y el resto de crímenes universales. Y además, esa nueva categoría implica la responsabilidad del estado y desterrar, definitivamente, la violencia contra las mujeres como un ejercicio privado de violencia.


El término feminicidio ha sufrido un proceso de decantación constante a partir de la segunda mitad del siglo XX, justo en el mismo momento en que la violencia contra las mujeres, contra aquéllas que cuestionan el sistema patriarcal y especialmente contra las que no lo hacen, se ha ido recrudeciendo. Para algunas no cabe duda de que es necesaria una regulación más específica y, en este sentido, se está actuando en varios países. Muestra de ello son las regulaciones como la Ley Orgánica 1/2004 de Protección Integral contra la Violencia de Género en España que, con todas sus deficiencias, ha sido un sólido punto de partida.

Beatriz Gimeno

Pero todavía queda camino por recorrer. Las autoras señalan que es muy importante introducir en las legislaciones el término feminicidio porque inmediatamente remite al término homicidio y porque además lo delimita como un tipo penal específico y propio. No sólo es importante una correcta denominación jurídica de los hechos sino que el lenguaje es por sí mismo creador de la realidad. Renombrar la violencia contra las mujeres como feminicidio permite abordar la lucha desde la plena igualdad entre géneros.


Las autoras también relacionan el feminicidio, especialmente en Latinoamérica, un feminicidio perpetrado contra mujeres que los feminicidas no conocían previamente. Y lo relacionan con la aparición del neoliberalismo y la consiguiente reorganización/precarización de las relaciones económicas que procura la quiebra de la imagen del varón como proveedor exclusivo. Dicho de otra manera y utilizando la jerarquización social de la masculinidad de Raewyn Connell, incluso el hombre situado en el último peldaño de esta jerarquía tenía antes el dominio sobre mujeres. Hoy eso empieza a cambiar. Por una parte, por el acceso de las mujeres a la educación y puestos de trabajo más cualificados y por otra, porque la precarización de los empleos afecta también a los hombres.



Esta convulsión en los roles de género debe ser tenida en cuenta y desde los poderes públicos y las empresas privadas debe de facilitarse a los hombres la adaptación a los nuevos roles. Pero tampoco debe de servir como excusa para minimizar la responsabilidad de éstos en su propia reconversión. Aunque este libro da primacía a la vertiente jurídica del feminicidio, su lectura es absolutamente imprescindible. Más información en feminicidio.net.



Feminicidio
El asesinato de mujeres por ser mujeres

Graciela Atencio (ed.)

FIBGAR-Catarata

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